Mostrando entradas con la etiqueta Sobre la UNLaM. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Sobre la UNLaM. Mostrar todas las entradas

viernes, 23 de abril de 2010

> Todo sobre el Fraude en la UNLaM






Universidad Nacional de La Matanza
abril 2010


Luego de que la junta electoral, integrada por La Liga Federal, el miércoles 7 de abril en un acto totalmente antidemocrático prohibió las elecciones y se autoproclamó como ganadora SIN REALIZAR LAS ELECCIONES, y ante la exigencia de que se realicen, y se levante la proscripción de todas las listas, los estudiantes nos dirigimos a la sede del Centro de Estudiantes en busca de respuestas donde fuimos recibidos por patotas que trabajan para la Universidad. La respuesta fue la represión por parte de los guardias de seguridad y las patotas que le pegaron a los estudiantes.
Entre los patoteros se encontraba Mario Sequeira, quién trabaja en la UNLaM teniendo una denuncia por violación. Esto no es inusual, ya que el mismo Rector Daniel Martínez posee en su haber más de 20 causas judiciales abiertas (algunas por asociación ilícita y venta de títulos públicos).

El lunes pasado, a una semana de las elecciones de Centro de Estudiantes y Claustro Estudiantil de la UNLaM, la Liga Federal (Juventud Peronista) que conduce el C.E. y las Autoridades de la Universidad, en forma arbitraria y antidemocrática, proscribieron a todas las listas opositoras, quedando sólo su lista como única opción.

El argumento fue que "todas listas opositoras presentaron avales con firmas que no eran de alumnos de la universidad", lo cual es una gran mentira ya que entre los avales impugnados hasta figuran candidatos nuestros que la misma junta electoral aprobó previamente. De ninguna manera podrían ser candidatos si no reunieran los requisitos más que suficientes para firmar un aval.

Ante ésta situación, los estudiantes nos conformamos en una asamblea la cual reclamó explicaciones al presidente del centro Alejandro Avendaño, quién no pudo justificar semejante medida. Por ello, se decidió realizar al día siguiente una radio abierta y una campaña informativa para que todos los estudiantes tomaran conocimiento de los hechos.

Por lo relatado no reconocemos al gobierno de facto de la Liga Federal y exigimos:

- Fuera las patotas de la UNLaM

- Realización de elecciones democráticas con la oficialización de todas las listas y con veedores externos que garanticen la transparencia.

Para conseguir esto, nos mantendremos en estado de alerta y movilización permanente y apelamos a la solidaridad de todos aquellos que defienden la democracia, para divulgar este grave atropello contra las libertades democráticas.

Estudiantes Independientes
Frente La Huella (MST+Independientes y Barricada Estudiantil)
Frente Oktubre (En clave roja, Izquierda Universitaria y UJS)
Movimiento SUR

**** VIDEOS



*** Publicaciones en diarios y en internet

RED ECO ALTERNATIVO: www.redeco.com.ar/nv/index.php?option=com_content&task=view&id=3353


PAGINA 12: www.pagina12.com.ar/imprimir/diario/universidad/10-143803-2010-04-13.html
http://www.agenciawalsh.org/aw/index.php?option=com_content&view=article&id=4686:patotas-reprimen-a-los-estudiantes-&catid=52:universitarios&Itemid=89
http://www.eolonline.com.ar/home/kirchnerismo-impide-la-realizacion-de-elecciones-estudiantiles-en-la-universidad-nacional-de-la-matanza/comment-page-1/#comment-6368
http://periodicocercanooeste.blogspot.com/2010/04/estudiantes-de-la-unlam-reprimidos-por.html
http://elpolvorin.over-blog.es/article-prohiben-elecciones-en-la-universidad-nacional-de-la-matanza-48302324.html

miércoles, 3 de febrero de 2010

> Formamos la HUELLA

► Formamos el Frente Estudiantil LA HUELLA (FACU - Barricada)

En abril de 2010 se realizarán las elecciones a Centro y Claustro Estudiantil en la Universidad Nacional de La Matanza. Por este motivo, hemos conformado el Frente Estudiantil La Huella, compuesto por las agrupaciones FACU (MST + Estudiantes Independientes) y Barricada.
La Huella nace de la necesidad concreta de proponer una alternativa estudiantil a la actual conducción del centro de estudiantes, la Liga Federal Universitaria, como venimos haciéndolo con distintas actividades.

Creemos que existen grandes posibilidades de avanzar en este sentido, ya que la Liga Federal luego de 15 años de estar atornillado al Centro siempre le dio la espalda a todo tipo de reclamo estudiantil. Realiza negocios con los apuntes y fotocopias y utiliza al centro de estudiantes como si fuera de su propiedad. Sumado a esto, aplica métodos antidemocráticos y tiene una fuerte voluntad por frenar los reclamos estudiantiles.

Además, demostró en 15 años estar muy interesada en negociar descuentos en boliches, pinturerías y promover equitación, pero nada ha hecho por garantizar la educación pública y gratuita, por ejemplo, los apuntes están más caros adentro que afuera de la universidad. Tampoco impulsaron la creación de un comedor universitario, como por ejemplo, el que existe en la Universidad Nacional de La Plata donde tiene un menú nutritivo y muy económico que cuesta $1. Ni mucho menos denunciaron la contratación precaria de nuestr@s docentes, quienes extorsionad@s por el Rector Martínez, se ven obligad@s a silenciar sus ideas para mantener sus fuentes de trabajo.

Es por todo esto que conformamos un frente entre la 2da y 3er fuerza más importante de la UNLaM
En el Centro nada se habla de la Libertad de Cátedra ni de las Cátedras paralelas. Las autoridades de la universidad sólo se encargan de aplicar políticas arancelarias en contra de l@s estudiantes. Todos los trámites son pagos, desde el ingreso hasta una constancia de alumno regular. En nuestra universidad, que debería ser pública y gratuita, las últimas carreras abiertas son privadas, desde Licenciatura en Enfermería hasta Licenciatura en Historia, cobrando para las materias de verano más de $ 100!!!.
En el año que pasó también se limitaron la cantidad de materias a las que podemos inscribirnos, junto con esto se continuó con el vaciamiento de los contenidos y se eliminaron las tesinas de las distintas carreras de grado, devaluando nuestros títulos universitarios con el fin de que debamos realizar postgrados arancelados para adquirir estos conocimientos.

Todas estas medidas están amparadas por la ley de educación superior (LES), con el claro objetivo de hacer con la educación pública una mercancía y no un derecho, al cual cada vez sean menos quienes puedan acceder. Esto tiene un claro objetivo, facilitar mano de obra barata al servicio de las empresas multinacionales y no profesionales críticos comprometidos con la sociedad.

Ante este panorama nosotros nos preguntamos ¿que dijo o hizo la Liga? ¿Convocó a asambleas para que los estudiantes tengamos un rol protagónico en las decisiones acerca de nuestra formación profesional, o al menos para que los estudiantes opinemos? No, no hizo nada. Y no lo hizo porque está de acuerdo con las autoridades en estas decisiones, porque son cómplices de cada medida que se impone desde el Rectorado. Pero tampoco lo hizo y tampoco lo va a hacer porque desde hace 15 años La Liga Federal decide todo a espaldas de l@s estudiantes, buscando la NO PARTICIPACION del conjunto estudiantil, vaciando a nuestro organismo de representación y colocando al estudiantado como un mero espectador mas.
Estamos convencid@s que l@s estudiantes debemos terminar de una vez por todas con este modelo de Centro, vacío de contenido, ajeno a l@s estudiantes, donde nadie puede proponer, nadie puede discutir y nadie puede participar en ninguna decisión.

El tipo de centro que proponemos debe bregar por las necesidades de l@s estudiantes e intentar romper las trabas económicas que limitan una verdadera educación pública y gratuita. L@s únicos interesad@s en defender y luchar por una educación para tod@s, somos nosotr@s, l@s estudiantes y es por eso que nuestra propuesta es lograr que el centro sea una herramienta de representación estudiantil efectiva, en donde l@s estudiantes que queramos participar activamente lo podamos hacer, seamos de una agrupación o independientes.
Por todo esto y por más, desde La Huella creemos necesario terminar con los 15 años de la Liga Federal y eso sólo lo lograremos con la participación masiva de los estudiantes. Invitamos a sumarse, a aportar ideas y a fiscalizar con nosotr@s para intentar que de una vez por todas, estas elecciones sean transparentes.

Creemos que un centro en manos de l@s estudiantes debería impulsar algunas de estas propuestas:
*Comedor Estudiantil similar al de la Universidad de La Plata
*Apuntes al costo
*Boleto estudiantil
*Libertad de cátedra, cátedras paralelas y concurso docente.
*Guardería para l@s hij@s de los estudiantes y trabajadores docentes y no docentes de la UNLaM
*Periódico y radio en manos de estudiantes y docentes y al servicio de los
Trabajadores y estudiantes de La Matanza y no del Rector y el Intendente Espinoza
*Reemplazo de las pasantías por ofertas de trabajo genuino para los estudiantes donde se respeten todos los derechos laborales y, a la vez, permita continuar con los estudios.
*Por un centro de estudiantes de los estudiantes, democrático y participativo.


SPOTS DE LA HUELLA:




martes, 27 de octubre de 2009

> La UNLaM otra vez en el foco de la tormenta

Oyarbide no quiso opinar sobre las declaraciones de Macri

El juez federal declinó contestar las afirmaciones del jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri, acerca de la investigación de las escuchas ilegales que comprometen a dos de sus ministros. "No estoy capacitado para responder porque tiene una implicancia estrictamente política, y mi trabajo es judicial", dijo Oyarbide.

"Han sido declaraciones del señor Mauricio Macri, que yo respeto, en ejercicio del cargo que desempeña, pero no estoy capacitado para responder porque tienen una implicancia estrictamente política, y mi trabajo es judicial", dijo Oyarbide.
"No hay respuesta para ese tipo de pregunta", agregó el magistrado al contestar al periodismo, en la puerta de su domicilio, sobre expresiones vertidas ayer por Macri, quien había señalado que la investigación que lleva adelante Oyarbide sobre las escuchas ilegales es "inentendible".
En cuanto a declaraciones del ministro de Seguridad, Guillermo Montenegro, acerca de por qué no se habían ordenado allanamientos, por ejemplo en la Universidad de La Matanza o en la Policía Federal, Oyarbide puntualizó que tanto el funcionario como el Jefe de Gobierno porteño "tienen a su disposición el expediente de la causa judicial, que es muy rico en pruebas".
Consultado sobre si efectuaría careos en la investigación, comentó que ayer se concretó esa medida entre la jefa de Gabinete del ministro Educación, Mariano Narodowsky, "y una persona que aportó (el legislador porteño) Aníbal Ibarra, pero sin resultados positivos".
El juez evaluó que "de todos modos, las pruebas que exhibe la investigación son realmente de interés, y estamos en camino a definir la situación procesal de las personas que continúan detenidas".
Se desprende de la rueda de prensa realizada por el juez Oyarbide que la UNLaM tenía una orden de allanamiento y no fue efectuada, que tiene que ver con la causa de espionaje (¿se acuerdan que la Universidad tiene un fondo en dónde el Rector Daniel Matínez se niega a construir más aulas y utilizar su Comedor aduciendo que son "terrenos de Pierri"? y al mismo tiempo cuentan con la celosa custodia de personal de la Policía Federal, que dicho sea de paso no pueden estar dentro de ninguna Universidad).
Tanto el gobierno de Kirchner como el de Macri pinchan las líneas de sus opositores: por un lado a los docentes porteños y estudiantes secundarios, y por otro a los estudiantes universitarios y vaya uno a imaginarse a cuántos más, dado que en La Matanza es en dónde está aún desaparecido Luciano Arruga y todavía no se dió a conocer ningún resultado sobre los responsables del asesinato del coordinador de la carrera de Trabajo Social.
En fin, quién se hubiera imaginado tanta "excelencia académica" al servicio del espionaje y tráfico de información?


FUENTE: http://informacionlibre-unlam.blogspot.com/

martes, 25 de agosto de 2009

> Sobre la Ley de educacion superior


ANALISIS e INTERPRETACIÓN de la LEY de EDUCACION SUPERIOR (LES) N° 24.521

1) Dicha Ley fue sancionada el 20 de Julio de 1995 bajo la presidencia del Dr. Carlos Saúl Menem, encontrándose dentro del marco de privatizaciones que dicho gobierno propulsaba (aplicación de los ideales Neoliberales)
2) La misma fue realizada sin dar lugar a debate ni participación universitaria, siendo en este marco la Comunidad Universitaria la principal afectada.
3) En relación al articulado de dicha ley se observó:

A) DE LA EDUCACIÓN COMO UN DERECHO A LA EDUCACIÓN COMO UN SERVICIO:
¿Por qué decimos que la educación es un derecho?

Por que se encuentra reconocido en nuestra Constitución Nacional en los artículos 14 y 75 inc. 19. A su vez, señalamos a la educación como un derecho humano previsto en diversos tratados internacionales ratificados por nuestro país, teniendo los mismos jerarquía constitucional otorgada por el art. 75 inc. 22, (léase: Pacto de San José de Costa Rica art. 12; Declaración Universal de Derechos Humanos art. 26; Pacto de
Derechos Económicos, Sociales y Políticos art. 13 parte 1 y 2 inc. C, entre otros).
¿Por qué la educación cómo un servicio?
Si nos remitimos al art. 2 de la LES observamos claramente cómo nuestro derecho a la educación es transformado en una "prestación de servicios", es así como paulatinamente el estado se va desligando de su deber de garantizar la educación pública a cada uno de los habitantes, convirtiendo la enseñanza en una mercancía que respondería, principalmente, a fines económicos. Unos de los ejemplos más claros que se puede encontrar en el articulado de la LES, es el art. 1 el cual pone en pie de igualdad a las universidades públicas de las privadas, pero estableciendo - a modo de tomada de pelo - para el caso de éstas últimas que deberán constituirse sin fines de lucro.
Artículo 1: Están comprendidos dentro de la presente ley las instituciones de formación superior sean universitarias o no universitarias, nacionales, provinciales o municipales, tanto estatales como privadas, todas las cuales forman parte del sistema educativo nacional regulado por la ley 24195.
Artículo 62: Las instituciones universitarias privadas deberán constituirse sin fines de lucro, obteniendo personería jurídica como asociación civil o fundación. Las mismas serán autorizadas por decreto del Poder Ejecutivo Nacional, que admitirá su funcionamiento provisorio por un lapso de 6 años, previo informe favorable de la CoNEAU y con expresa indicación de la carreras, grados y títulos que la institución ofrecer y expedir.
Diferencias entre Derecho y Servicio
Ante un Derecho existen dos sujetos: uno activo (titular del mismo) y otro pasivo, obligado a respetar el derecho en cuestión. En éste caso al tratarse de la educación como un derecho, el sujeto activo del mismo serían todos aquellos que quieran acceder al sistema educativo. El sujeto pasivo corresponde al Estado, el cual se encuentra obligado a garantizar el derecho. Por el contrario, ante la existencia de un servicio, rige el principio de subsidiariedad, es decir, que el Estado se desliga de sus funciones básicas para dejar en manos de los particulares la prestación del mismo y únicamente actuar en aquellas cuestiones en las cuales éstos no puedan resolverlos.
La mercantilización de nuestra educación se ve plasmada claramente en la terminología utilizada en los siguientes artículos, que pasaremos a citar y que demuestran la racionalidad economicista con que la ley fue realizada:
Articulo 2: El Estado al que le cabe responsabilidad indelegable en la prestación del servicio de carácter público, reconoce y garantiza el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y capacidad requeridas.
Articulo 4
: Son objetivos de la Educación Superior, además de los que establece la ley 24.195 en sus art. 5, 6, 19 y 22;
Inc. F) Articular la oferta educativa de los diferentes tipos de instituciones que la integran.
Inc. G) Promover una adecuada diversificación de los estudios de nivel superior, que atiendan tanto a las expectativas y demandas de la población como a los requerimientos del sistema cultural y de la estructura productiva.
Inc. H) Propender a un aprovechamiento integral de los recursos humanos y materiales asignados.
Articulo 13: Los estudiantes de la instituciones estatales de educación superior tienen derecho:
Inc. D) A recibir información para el adecuado uso de la oferta de servicios de educación superior.
Articulo 16: El estado nacional podrá apoyar programas de educación superior no universitaria, que se caractericen por la singularidad de su oferta, por su sobresaliente nivel de excelencia, por su carácter experimental y/o por su incidencia local o regional.
Articulo 28
: Son funciones básicas de las instituciones universitarias:
Inc. A) Formar y capacitar científicos, profesionales, docentes y técnicos, capaces de actuar con solidez profesional, responsabilidad, espíritu crítico y reflexivo, mentalidad creadora, con sentido ético y sensibilidad social, atendiendo a las demandas individuales y a los requerimientos nacionales y regionales.
Articulo 74: La presente ley autoriza la creación y funcionamiento de otras modalidades de organización universitaria previstas en el art. 24 de la ley 24.195 que respondan a modelos diferenciados de diseño y organización institucional y de metodología pedagógica, previa evaluación de su factibilidad y de la calidad
de su oferta académica, sujeto todo ello a la reglamentación que oportunamente dicte el Poder Ejecutivo nacional.
Artículo 58: Corresponde al estado nacional asegurar el aporte financiero para el sostenimiento de las instituciones universitarias nacionales, que garanticen su normal funcionamiento, desarrollo y cumplimiento de sus fines. Para la distribución de ese aporte entre las mismas se tendrá especialmente en cuenta indicadores de eficiencia y equidad. En ningún caso podrá disminuirse el aporte del Tesoro nacional como contrapartida de la generación de recursos complementarios de las instituciones universitarias nacionales.
De esta manera queda demostrado que la educación pasa a ser una mercancía más en la lógica de la oferta y la demanda, un ejemplo claro de ello (mas allá de todo el articulado citado) son las palabras utilizadas en este último artículo "...indicadores de eficiencia y equidad.", ambos podrán ser usados en un discurso económico y no en el marco de una ley de educación, pero si tenemos en cuenta el espíritu de la misma se podría llegar a entender su aparición en ella.

A.1) ARANCEL:
A lo largo de la ley se observa claramente la tendencia de implementar el autofinanciamiento de las universidades. De este modo, el estado se va corriendo de su obligación de sostener la educación para dejarla, en manos del mercado, así como se realizaron las privatizaciones de las empresas estatales.
En este punto la ley enfatiza en varias oportunidades en la generación de recursos adicionales, y es en este marco que prevé el arancel y las prestaciones de servicios a terceros. En este aspecto el art. 59 no deja dudas:
Articulo 59: Las instituciones universitarias nacionales tienen autarquía financiera, la que ejercerán dentro del régimen de la ley 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional. En ese marco corresponde a sus Consejos Superiores u órganos que cumplan funciones similares:
Ø Inc. C) Podrán dictar normas relativas a la generación de recursos adicionales a los aportes del Tesoro nacional, mediante la venta de bienes, productos, derechos o servicios, subsidios, contribuciones, herencias, derechos o tasas por los servicios que presten, así como todo otro recurso que pudiera corresponderles por cualquier título o actividad. Los recursos adicionales que provinieren de contribuciones o tasas por los estudios de grado, deberán destinarse prioritariamente a becas, préstamos, subsidios o créditos u otro tipo de ayuda estudiantil y apoyo didáctico; estos recursos adicionales no podrán utilizarse para financiar gastos corrientes. Los sistemas de becas, préstamos u otro tipo de ayuda estarán fundamentalmente destinados a aquellos estudiantes que demuestren aptitud suficiente y respondan adecuadamente a las exigencias académicas de la institución y que por razones económicas no pudieran acceder o continuar los estudios universitarios, de forma tal que nadie se vea imposibilitado por ese motivo de cursar tales estudios.
Cabe la aclaración de que tasas son aquellos tributos que se deben pagar por un servicio efectivamente prestado y en relación con la LES el servicio sería la educación prestada por las instituciones universitarias. A su vez el art. 13 inc. C, nombrando los derechos de los estudiantes, arguye la posibilidad de arribar a créditos, becas y otras formas de apoyo económico con la finalidad de solventar de manera externa el acceso y permanencia de los estudios.
Ello nos lleva a concluir que si no existiese arancel no sería necesario arribar a éstas formas de apoyo económico para el acceso a la educación superior.
Articulo 13: Los estudiantes de las instituciones estatales de educación superior tienen derecho:
Inc. C) Obtener becas, créditos y otras formas de apoyo económico y social que garanticen la igualdad de oportunidades y posibilidades, particularmente el acceso y permanencia en los estudios de grado, conforma a las normas que reglamenten la materia.
Relacionando este último artículo con la última parte del inciso C del artículo 58 nos hace darnos cuenta de que con la aplicación de la LES las becas otorgadas a los estudiantes ya no serán prioritariamente por razones socio- económicas, como lo es actualmente, sino que serán para aquellos que demuestren, primero, aptitud suficiente y que respondan adecuadamente a las exigencias académicas; luego de corroborado ello se pasará a la evaluación de la parte económica y social del estudiante. Pero todos sabemos que sin estar bien "alimentados" nadie podría rendir bien, académicamente hablando.

A.2) INGRESO, PERMANENCIA Y EGRESO:
Hoy el ingreso a nuestra universidad es irrestricto, aunque la igualdad de oportunidades en la realidad es relativa, y la permanencia y el egreso no están supeditados a restricciones de ningún tipo.
En principio el art. 2 requiere para el ingreso a la educación superior determinada formación y capacidad; entendemos por formación la finalización de la educación media (secundario completo) y por capacidad la puerta al examen de ingreso como corroboración de la misma:
Articulo 2: El Estado, al que le cabe responsabilidad indelegable en la prestación del servicio de carácter público, reconoce y garantiza el derecho a cumplir con ese nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y capacidad requeridas.
Al mismo tiempo, se deja librada a cada universidad, por medio de la autonomía académica e institucional, la atribución de reglamentar la admisión, permanencia y promoción de los estudiantes:
Articulo 29: Las instituciones universitarias tendrán autonomía académica e institucional, que comprende básicamente las siguientes atribuciones:
Inc. J) Establecer el régimen de admisión, permanencia y promoción de los estudiantes, así como el régimen de equivalencias.
¿En qué se traduce régimen de permanencia y promoción o egreso?
En cuanto al primero la posibilidad de establecer condiciones restrictivas de regularidad y actividad del estudiante.
En el caso de las universidades con más de 50.000 estudiantes esta posibilidad se deja librada a cada facultad.
Articulo 50: Cada institución dictara normas sobre regularidad en los estudios, que establezcan el rendimiento académico mínimo exigible, debiendo preverse que los alumnos aprueben por lo menos dos materias por año, salvo cuando el plan de estudios prevea menos de cuatro (4) asignaturas anuales, en cuyo caso deben aprobar (1) una como mínimo. En las universidades con mas de cincuenta mil (50.000) estudiantes, el régimen de admisión, permanencia y promoción de los estudiantes será definido a nivel de cada facultad o unidad académica equivalente.
Articulo 7
: Para ingresar como alumno a las instituciones de educación superior, se debe haber aprobado el nivel medio o ciclo polimodal de la enseñanza. Excepcionalmente los mayores de 25 años que no reúnan esa condición, podrán ingresar siempre que demuestren, a través de las evaluaciones que las provincias, la
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires o las universidades en su caso establezcan, que tienen preparación y/o experiencia laboral acorde con los estudios que se propone iniciar, así como aptitudes y conocimientos suficientes para cursarlos satisfactoriamente.
Articulo 35: Para ingresar como alumno a las instituciones universitarias, sean estatales o privadas, deberá reunirse como mínimo la condición prevista en el artículo 7 y cumplir con los requisitos que cada institución establezca.
Este último artículo se remite al artículo 7, para el cual no encontramos objeción, sin embargo el artículo 35 in fine deja abierta la puerta, una vez más, a las instituciones universitarias para que las mismas impongan cupos, exámenes de ingreso, se elimine la figura del aspirante (entiéndase: aquél que entra a la universidad debiendo materias del Secundario), etcétera.

B) AUTONOMIA:
Por autonomía debe entenderse como la capacidad de las universidades nacionales para determinar sus propios órganos de gobierno, elegir sus autoridades, ejercer las funciones de docencia, investigación y extensión y las actividades administrativas y de gestión sin ninguna clase de intervención del Poder Ejecutivo Nacional.
Autonomía Universitaria implica no solo la libertad académica y de cátedra, sino la facultad que se les concede para redactar por sí mismos sus estatutos, determinando el modo en que se gobernarán, designarán su claustro docente, personal administrativos y autoridades.
Esta autonomía se encuentra consagrada en el art. 75 inc. 19 y 18 de la Constitución Nacional cuando se le atribuye al Congreso Nacional la facultad de dictar una ley marco y de base, respetando los límites que son las garantías de autonomía y autarquía universitaria.
La autonomía universitaria, como se viene explicando, se encuentra desdoblada tanto en académica como institucional: la primera debe entenderse como la capacidad de otorgarse sus propios programas educativos, libertad de cátedra, etcétera, y por institucional la facultad de organizar sus propios órganos de gobierno y estatutos.
A continuación se citarán los artículos que consideramos, violan la autonomía constitucionalmente reconocida:
Artículo 29: Las instituciones universitarias tendrán autonomía académica e institucional, que comprende básicamente las siguientes atribuciones:
Inc. A): Dictar y reformar sus estatutos, los que serán comunicados al Ministerio de Cultura y Educación a los fines establecidos en el art. 34 de la presente ley.
Inc. B): Definir sus órganos de gobierno, establecer sus funciones, decidir su integración y elegir sus autoridades de acuerdo a lo que establezcan y lo que prescribe la presente ley.
Inc. C): Administrar sus bienes y recursos, conforme a sus estatutos y las leyes que regulan la materia.
Inc. D): Crear carreras universitarias de grado y posgrado.
Inc. E): Formular y desarrollar planes de estudios de investigación científica y extensión y servicios a la comunidad incluyendo la enseñanza de la ética profesional como materia autónoma.
Inc. F): Otorgar grados académicos y títulos habilitantes conforme a las condiciones que se establezcan en la presente ley.
Artículo 34: Los estatutos, así como las modificaciones
, entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, debiendo ser comunicados al Ministerio de Cultura y Educación a los efectos de verificar su adecuación a la presente ley y ordenar, en su caso, dicha publicación. Si el Ministerio considerara que los mismos no se ajustan a la presente ley deberá plantear sus observaciones dentro de los diez días a contar de la comunicación oficial ante la Cámara Federal de Apelaciones, la que decidirá en un plazo de 20 días, sin más trámite que una vista a la institución universitaria. Si el Ministerio no planteare observaciones en la forma indicada dentro del plazo establecido, los estatutos se consideraran aprobados y deberán ser aprobados. Los estatutos deben proveer explícitamente: su sede principal, los objetivos de la institución, su estructura organizativa, la integración y funciones de los distintos órganos de gobierno, así como el régimen de docencia y de la investigación y pautas de administración económica- financiera.
Artículo 52: Los estatutos de las instituciones universitarias nacionales deben prever sus órganos de gobierno, tanto colegiados como unipersonales, así como su composición y atribuciones.
Los órganos colegiados tendrán básicamente funciones normativas generales, de definición de políticas y de control en su respectivos ámbitos, en tanto las unipersonales tendrán funciones ejecutivas.
Articulo 53: Los órganos colegiados de gobierno estarán integrados de acuerdo a los que determinen los estatutos de cada universidad, los que deberán asegurar:

Inc. A): Que claustro docente tenga la mayor representación relativa, que no será inferior al cincuenta por ciento (50 %) de la totalidad de los miembros
Inc. B): Que los representantes de los estudiantes sean alumnos regulares y tengan aprobado por lo menos el treinta por ciento (30 %) del total de asignaturas de la carrera que cursen.
Inc. C): Que el personal no docente tenga representación en dichos cuerpos con el alcance que determine cada institución.
Inc. D): Que los graduados, en caso de ser incorporados a los cuerpos colegiados, puedan elegir y ser elegidos si no tiene relación de dependencia con la institución universitaria.
Los decanos o autoridades docentes equivalentes serán miembros natos del Consejo Superior u órgano que cumpla similares funciones. Podrá extenderse la misma consideración a los directores de carrera de carácter electivo que integren los cuerpos académicos, en las instituciones que por su estructura organizativa prevean dichos cargos.
Artículo 36: Los docentes de todas las categorías deberán poseer título universitario de igual o superior nivel en el cual ejercen la docencia, requisito que solo se podrá obviar con carácter estrictamente excepcional cuando se acrediten méritos sobresalientes. Quedan exceptuados de ésta disposición los ayudantes- alumnos. Gradualmente se tenderá a que el título máximo se una condición para acceder a la categoría de profesor universitario.
Artículo 43: Cuando se trate de títulos correspondientes a profesiones reguladas por el estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riego de manera directa la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, se requerirá que se respeten, además de la carga horaria, a la que hace referencia el art. anterior, los siguientes requisitos:
Inc. A): Los planes de estudio deberán tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades.
Inc. B): Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la CoNEAU o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas.
El Ministerio de Cultura y Educación determinará con criterio restrictivo, en acuerdo con el Consejo de Universidades, la nómina de tales títulos, así como las actividades profesionales reservadas exclusivamente para ellos.
Por otro lado, sostenemos que tanto el art. 43, anteriormente citado, como así el 42, vulneran, a su vez, la garantía constitucional de la autonomía universitaria, toda vez que la determinación de los contenidos curriculares mínimos y de la carga horaria de los planes de estudio es una facultad de las universidades, y por tanto, resulta ajena a las atribuciones del Congreso de la Nación.
Artículo 42: Los títulos con reconocimiento oficial certificarán la formación académica recibida y habilitarán para le ejercicio profesional respectivo en todo el territorio nacional sin perjuicio del poder de policía sobre las profesiones que corresponde a las provincias. Los conocimientos y capacidades que tales títulos certifican, así como las actividades para las que tienen competencia sus poseedores, serán fijados y dados a conocer por las instituciones universitarias, debiendo los respectivos planes de estudio respetar la carga horaria mínima que para ello fije el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades.
Es bueno aclarar que los títulos certificados son los que los que según el art. 41 otorga el Ministerio de Educación.
Es a este respecto, que creemos necesario citar los argumentos esbozados por el Dr. Fayt (Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) en su voto en disidencia en el fallo "UNC C/ Estado Nacional":
"Corresponde declara la inconstitucionalidad de los artículos 43 inc b, 44, 45 y 46 inc b de la LES, 24.521, que regulan el control externo de la actividad docente universitaria, pues constituyen una indebida injerencia del Poder Legislativo en el ámbito académico que es de competencia de las universidades".

C) COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CoNEAU):
La CoNEAU es la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria: éste organismo es el encargado de evaluar y acreditar los títulos (o sea carreras) que determine de manera restrictiva el Ministerio de Educación según el art. 43 de las LES. Es a través de ésta comisión que se intenta implementar en su totalidad las pautas restrictivas y privatistas, que surgen de la misma.
Entendemos que éste organismo encubre una función política detrás de lo que ellos denominan "mejorar institucionalmente el nivel académico". Este se ve reflejado en la composición que surge del art. 47 y que denota un fuerte control del poder político de turno:
Artículo 47: La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación universitaria estará integrada por doce (12) miembros designados por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de los siguientes organismos: tres (3) por el Consejo Inter universitario Nacional, uno (1) por el Consejo de Rectores de Universidades Privadas, uno (1) por la Academia Nacional de Educación, tres (3) por cada una de las Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, y uno (1) por el Ministerio de Cultura de Educación.
Durarán en sus funciones cuatro (4) años, con sistema de renovación parcial.
En todos los casos deberá tratarse de personalidades de reconocida jerarquía académica y científica. La Comisión contará con presupuesto propio.

C.1) EVALUACION Y AUTOEVALUACION:
El artículo 44 exige que los títulos determinados por el Ministerio de Educación se sometan a dos tipos de evaluación: una interna y otra externa. La primera será realizada por un Comité "autoevaluador" y la segunda por la CoNEAU.
Artículo 44: Las instituciones universitarias deberán asegurar el funcionamiento de las instancias internas de evaluación institucional, que tendrán por objeto analizar los logros y dificultades en el cumplimiento de sus funciones, así como sugerir medidas para su mejoramiento. Las auto evaluaciones se complementarán con evaluaciones externas, que serán como mínimo cada seis (6) años, en el marco de los objetivos definidos por cada institución. Abarcará las funciones de docencia, investigación y extensión, y en el caso de las instituciones universitarias nacionales, también la gestión institucional. Las evaluaciones externas estarán a cargo de la CoNEAU o entidades privadas constituidas con ese fin, conforme se prevé en el art. 45, en ambos casos con la participación de pares académicos de reconocida competencia. Las recomendaciones para el mejoramiento institucional que surjan de las evaluaciones tendrán carácter público.
En principio, consideramos que la autoevaluación no es tal ya que quienes determinan qué es lo que se evalúa y con qué parámetros, son los mismos que luego realizarán la evaluación externa. Esto es así, desde que son ellos quienes confeccionan los formularios prefijados para dicha "autoevaluación".
Dentro de éste mecanismo, y luego de entregar los formularios completos, se pasa a una segunda instancia (la llamada evaluación) en donde son enviados los pares académicos a que examinen la situación de la carrera en cuestión. Un ejemplo claro y burdo de ello es lo ocurrido en la Facultad de Ingeniería, donde uno de los pares académicos que fue a evaluar las condiciones de la misma era un Licenciado en Letras.

C.2) ACREDITACION:
Luego de la evaluación, la CoNEAU determina si se cumplen los requisitos mínimos e indispensables para proceder a la acreditación de la carrera. De este modo se entraría en una suerte de aprobación (o desaprobación) de la evaluación. Es así, que quienes pasen dicho examen serán acreditados.
¿Qué entendemos por acreditación?
Esto implica el establecimiento de una especie de ranking de carreras, en el cual aquellas que más se acercan a los estándares establecidos por la CoNEAU, ocuparán un lugar privilegiado. Esto generaría una especie de competencia equiparable a la que ocurre en el mercado de bienes y servicios, siguiendo la lógica que establece la ley de la educación como un servicio (léase apartado A).
Artículo 43: Cuando se trate de títulos correspondientes a profesiones reguladas por el estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riego de manera directa la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes, se requerirá que se respeten, además de la carga horaria, a la que hace referencia el art. anterior, los siguientes requisitos:
Inc. A): Los planes de estudio deberán tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades.
Inc. B): Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la CoNEAU o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas.
El Ministerio de Cultura y Educación determinará con criterio restrictivo, en acuerdo con el Consejo de Universidades, la nómina de tales títulos, así como las actividades profesionales reservadas exclusivamente para ellos.
Artículo 46: La CoNEAU es un organismo descentralizado que funciona en jurisdicción del Ministerio de Cultura y Educación y que tiene por funciones:
Inc. A): Coordinar y llevar adelante la evaluación externa prevista en el art. 44.
Inc. B): Acreditar las carreras de grado a que se refiere el art. 43, así como las carreras de posgrado, cualquiera sea el ámbito en que se desarrollen, conforme a los estándares que establezca el Ministerio, previo consulta con el Consejo de Universidades.
Inc. C): Pronunciarse sobre la consistencia y viabilidad del proyecto institucional que se requiera para que el Ministerio de Cultura y Educación autorice la puesta en marcha de una nueva institución universitaria nacional con posterioridad a su creación o al reconocimiento de una institución universitaria provincial.
Inc. D): Preparar los informes requeridos para otorgar la autorización provisoria y al reconocimiento definitivo de las instituciones universitarias privadas, así como a los informes sobre la base de los cuales se evaluará el período de funcionamiento provisorio en dichas instituciones.
Es en éste orden de cosas en que de la ubicación en dicho ranking depende la asignación presupuestaria del Estado.
Artículo 58: Corresponde al Estado Nacional asegurar el aporte financiero para el sostenimiento de las instituciones universitarios nacionales, que garanticen su normal funcionamiento, desarrollo y cumplimiento de sus fines. Para la distribución de es aporte entre las mismas se tendrá especialmente en cuenta indicadores de eficiencia y equidad. En ningún caso podrá disminuirse el aporte del Tesoro Nacional como contrapartida de la generación de recursos complementarios por parte de las instituciones universitarias nacionales.

C.3) VALIDEZ DE LOS TÍTULOS Y SANCIONES:
En primer lugar, es importante aclarar que NO es la CoNEAU quien otorga la VALIDEZ nacional a los títulos universitarios. Quien tiene esa facultad es el Ministerio de Cultura y Educación:
Artículo 41: El reconocimiento oficial de los títulos que expidan las instituciones universitarias será otorgado por el Ministerio de Cultura y Educación. Los títulos oficialmente reconocidos tendrán validez nacional.
Es así que el resultado de las evaluaciones y su respectiva acreditación no influye en la validez de los títulos.
La sanción prevista en la ley, para el caso de realizar el proceso de acreditación y no cumplir con las exigencias determinadas por la CoNEAU, es la siguiente:
Artículo 76: Cuando una carrera que requiere acreditación no la obtuviere, por no reunir los requisitos y los estándares mínimos previamente establecidos, la CoNEAU podrá recomendar que se suspenda la inscripción de nuevos alumnos en la misma, hasta que se subsanen las eficiencias encontradas, debiéndose resguardar los derechos de los alumnos ya inscriptos que se encontraren cursando dicha carrera.

D) LA EMPRESA UNIVERSITARIA: "EL NEGOCIO DEL SIGLO":
Queda evidenciado en el articulado de la ley la redefinición del concepto de extensión. El mismo fue introducido en la reforma del 18, que tuvo lugar en nuestra institución, como un nexo entre la universidad y la comunidad, con un sentido de solidaridad. Esto entendido como acercamiento del conocimiento a la realidad social y sus necesidades. De ésta manera, entendemos, se retribuye la posibilidad de formarnos, como integrantes de la comunidad, y extender este conocimiento al medio del cual formamos parte.

¿Por qué planteamos ésta transformación?

Porque el objetivo ya no es retributivo, si no económico. Es decir, no como un servicio a la comunidad sino como una prestación a los grandes sectores empresariales.
De éste modo se utiliza al estudiante como materia prima y al graduado como producto para los intereses de la estructura productiva.
Artículo 4: Son objetivos de la Educación Superior, además de los que establece la ley 24195 en sus artículos 5, 6, 19 y 22:
Inc. G: Promover una adecuada diversificación de los estudios de nivel superior, que atienda tanto a las expectativas y demandas de la población como a los requerimientos del sistema cultural y de la estructura productiva.
Dentro de éste marco la ley propende a que las instituciones universitarias promuevan la formación de espacios y modalidades que faciliten el desarrollo de tal actividad.
Así el artículo 60 dice al respecto:
Artículo 60: Las instituciones universitarias nacionales podrán promover la constitución de fundaciones, sociedades u otras formas de asociación civil, destinada a apoyar su labor, a facilitar las relaciones con el medio, a dar respuesta a sus necesidades y a promover las condiciones necesarias para el cumplimiento de sus fines y objetivos.
De esta manera, como a lo largo de toda la ley, se sigue con la aplicación del principio de subsidíaridad antes explicado. Se permite que por ejemplo un centro de estudiantes pase a ser un sujeto de derecho e ingrese al mercado de la educación en búsqueda de autofinanciamientos.
Artículo 56: Los estatutos podrán prever la constitución de un Consejo Social, en el que estén representados los distintos sectores e intereses de la comunidad local, con la misión de cooperar con la institución universitaria en su articulación con el medio en que esté inserta. Podrá igualmente preverse que el Consejo Social esté representado en los órganos colegiados de la institución.
En este contexto se permite la constitución de Consejos Sociales que estarán conformados por sectores ajenos a la comunidad universitaria, dándole la posibilidad de participar de los órganos colegiados de gobierno. De esta manera se avasallan los objetivos de la institución al introducir intereses de empresas que juegan en función de la competencia del mercado.

E) CONCLUSION:
Presupuestos, causas y efectos de la LES:
Cabe recordar que según esta LES la educación pasa a ser un servicio, esto implica entrar en el mercado de la educación, y por ello en la competencia, como bien lo indica la misma en un pie de igualdad con las universidades privadas.
A su vez al ser - dentro de este mercado - el estudiante la materia prima y el egresado el producto final, las instituciones universitarias nacionales tienen que igualar la balanza entre insumo y producto, para ser lo más eficiente posible, lo que implica (según el régimen de acreditación) estar mejor rankeada. Esto trae como consecuencia recibir una mayor partida presupuestaria, ya que para la distribución de los aportes se tienen en cuenta el mismo indicadores, es decir, de eficiencia.
Por autofinanciamiento se entiende la generación de recursos adicionales, (entiéndase por tal un ingreso extra- presupuestario a través de servicios a terceros, tasas cuotas o aranceles). Obviamente la facultad que se encuentre mejor posicionada en este mercado educacional podrá exigir mayores contribuciones. Hay que destacar que no todas las carreras tienen la posibilidad de ofrecer servicios a terceros, en estos casos la única salida es el pago de una tasa o cuota por parte de los alumnos.
De esta manera queda demostrado como el sistema de acreditación es un medio de chantaje, ya que si bien la CONEAU no obliga a implementar sus recomendaciones en forma expresa, éstas deben ser aplicadas por la facultad que un el posterior periodo de evaluación pretenda acreditar y sobre todo con buena nota – por haber cumplido con las recomendaciones -.

Este análisis fue realizado en el marco de la toma del 2004, en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Comahue.-


sábado, 25 de abril de 2009

....Por un Centro de Estudiantes de los ESTUDIANTES....

La Universidad Nacional de la Matanza, más allá de su impecable estructura y limpieza, tiene muchos espacios vacíos que hay que llenar. No contamos con espacios democráticos que den lugar al debate y a la charla estudiantil. Las decisiones son tomadas por las autoridades y nunca pasan por los alumnos, estan totalmente centralizadas sin ninguna intención que haya una libre participación. La universidad debe ser de los estudiantes.
Por otro lado, tenemos a la mayoria del centro de estudiantes, conformado por la Liga Federal, que se dedica a pintar paredes para ensuciar el nombre de nuestra agrupación en vez de escuchar a los estudiantes!
Este centro de estudiantes funciona como apéndice del rectorado, por eso la pregunta es… que independencia puede tener este órgano estudiantil, si depende directamente de la autoridades de la UNLaM? Por qué La Liga Federal permitió que nos promedien la nota del primer parcial si dejamos la materia? Qué hacen por el comedor estudiantil y las fotocopias? Cuando nos recortan los planes o las materias de la carrera ellos están?

No dejemos que nos roben la educación pública! Cada vez son más las trabas y los ajuntes que recibimos los estudiantes y docentes…

Por eso desde FACU (Frente Alternativo para el Cambio Universitario) y la Secretaría de Prensa y Difusión te proponemos construir una agrupación que no defienda los intereses de las autoridades sobre las de los alumnos. Somos una agrupación que es de y para los estudiantes de la Universidad.

Acércate a la mesa, acércate a FACU. Súmate, expresanos tus preocupaciones y opiniones. Para debatir democráticamente nuestras posturas y las de todos.


Por una UNlaM pública y democrática.

viernes, 10 de abril de 2009

> REICORPORACIÓN DE LOS DOCENTES JUAN Y MARIELA


NO A LA DICATDURA EN LA UNLAM

Estudiantes de la Unlam reclamamos el pasado miercoles por la reincorporación de dos docentes de Comunicación Social, ellos pertenecen al colectivo de comunicación Dock Sur.

En el marco de la jornada de reclamo se inició la proyección del ciclo "UNIVERSIDAD EN DEMOCRACIA" , una serie de cortos documentales que reflexionan sobre la Educación Pública.

Esto pasó porque al Rector Daniel Martinez y al Decano de Humanidades Fernando Lujan Acosta les parecio muy peligroso que expresen sus ideas y prefirieron echarlos. No son los primeros es ser preseguidos por su posicionamiento político. Esta parctica ani- democratica es cotidiana en nuestra universidad ya que el 80% de los docentes se encuentran precarizados laboralmente. Son contratados cada 4 meses , no existe el concurso docente y carecen de estabilidad laboral.

¿Cómo te sentirias si tu permanencia en el trabajo o en la Universidad, dependiera de tu forma de pensar , de tu religión o tu color de piel?

¿Te parece lógico que en un lugar donde se debería estimular el pensamiento critico y la libertad de expersión censuren a los doecentes? Esto atenta directamente sobre nuetsra educación.

Para colmo la Liga federal , como nos tiene acostumbradosnos solo no hizo nada para defenader a lso prfesores, sino que junto con las autoridades mostraron uan actitud agresiva, le mintieorn a los estudiantes y hasta nos negaron un espacio en la radio de la universidad.





Por todo esto te llamamos a participar de las actividades que realizaremos esta semana .....

Para que juntos construyamos uan universidad democratica y con libertad de expresión!






  • POR LA REINCORPORACIÓN DE LOS DOECENTES MARIELA Y JUAN!


  • ELECCIÓN DE DOCENTES POR CONCURSO PÚBLICO Y NO A DEDO DEL RECTOR


  • POR LA LIBERTAD DE CATEDRA Y LA APERTURA DE CATEDRAS PARALELAS


  • ANULACIÓN DE LA LEY SUPERIOR DE EDUCACION.

miércoles, 25 de febrero de 2009

> A los estuandiantes de la UNLaM

Estudiantes de la UNLaM , desde FACU, en la Secretaría de Prensa y Difusión , les comunicamos que el dia Viernes 27 de Febrero se va a realizar una de las pocas reuniones que tiene el Centro de Estudiantes al año. Por esto nos gustaria que manden propuestas o proyectos para que sean tratados en la reunión.
Sabemos que la Liga Federal no toma en cuenta las opiniones y propuestas de los alumnos, por eso desde FACU abrimos el espacio para que todos los estudiantes podamos expresarnos libremente . Y no como la actual conducción del Centro que en vez de abrir espacios de debate y discución, cierra sus puertas a cualquier intervención democrática.....
Desde la Secretaría de Prensa y Difusión te invitamos construir una universidad democrática y participativa donde todos podamos manifestar nuestras opiniones y preocupaciones.... Esperamos tus propuestas...... Hace valer tus derechos!!!






jueves, 18 de diciembre de 2008

> OTRA VEZ LA MISMA HISTORIA!

A principios de este año desde el MST en FACU en la Secretaria de Prensa y DifuSión del Centro de Estudiantes, lanzamos una campaña que impulsaba la inscripción por departamento y más oferta horaria para las materias transversales.
Pocos días después aparecieron unos vistosos carteles a todo color que decian que que la Liga lo había logrado!




Al final las inscripciones por departamento que tanto promocionaron, tampoco sirven!

Si no hay oferta horaria suficiente para cubrir a todos los estudiantes, ningun sistema va a ser útil!

El primer día de inscrpción las 10.15 de la mañana ya era imposible anotarse en inglés y computación... por eso nos preguntamos, En qué clase de Universidad sólo pueden cursar los estudiantes que se pueden anotar durante los primeros minutos de inscrpción? y no sólo eso, hay que agregar que encima tenemos que pagar las materias al mejor estilo universidad privada.
Las autoridades de la UNLaM son las impulsoras de este proceso de privatización, que se adpta perfectamente al proyecto de universidad elitista que quieren alcanzar! y la
La Liga Federal que juega un papel absolutamnte complice , de hecho el actual presidente de centro fue puesto a dedo por el Rector!
Estas inscrpciones fueron el claro ejemplo de la ineficacia y complicidad de la Liga Federal y sus secuases!


Ante todo esto....

FACU PROPONE:
  • INCRIPCIONES POR DEPARTAMENTO, QUE GARANTICEN QUE TODOS LOS ESTUDIANTES PODAMOS CURSAR.
  • MÁS OFERTA HORARIA PARA MATERIAS TRANSVERSALES (COMPUTACIÓN E INGLÉS).
  • OFERTA HORARIA EN VERANO PARA LA CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA.
  • GRATUIDAD DE LAS MATERIAS VERANO .



Desde el MST en FACU y la SECRETARIA DE PRENSA y DIFUSIÓN te invitamos a construir un espacio amplio y democrático, para que juntos construyamos una alternativa que verdaderamente represente a los estudiantes y no a los intereses de unos pocos!

lunes, 17 de noviembre de 2008

> La Unlam que tenemos y la Unlam que queremos!

LA UNLaM QUE TENEMOS

Desde el 2005 la UNLaM esta sospechada por la escasa claridad en el manejo
de su presupuesto educativo, incluso con causas penales
que involucran, desde el Rector Daniel
Martínez de la UNLaM
hasta miembros delCentro de Estudiantes
por la Liga Federal.
¿Y CÓMO NOS AFECTA A LOS ESTUDIANTES Y DOCENTES DE LA UNLAM?
El comedor está en estado de abandono y es usado los días de lluvia por los compañeros de Ed. Física. En su lugar estamos obligados a comprar a precios altos en el buffet o en los comercios privados de la calle F. Varela (si se respeta el cruce del semáforo).La UNLaM tiene varios micros y camionetas que, por ejemplo no son puestos a disposición de estudiantes con discapacidades físicas, sino que sirven de transporte para viajes “recreativos” que realizan los afiliados a la Liga Federal Universitaria.

Por otra parte los estudiantes nos hacinamos en las aulas con los escasos docentes por cátedras que existen porque no se toma a más profesores, en función de ¡no gastar el presupuesto!
Los cursos de verano son arancelados con la excusa de que se ¡cobran el sueldo del docente!
La apoteótica entrada al rectorado y de la universidad, no sólo son monumentos a lo inservible, sino que reflejan el grado de importancia que tenemos los estudiantes y la calidad acádemica (recursos, materiales de estudio, etc…) para nuestras autoridades, empeñadas mas en cobrar y no en la verdadera “excelencia académica”.

LA UNLAM QUE QUEREMOS!!!

* Cursos de Verano Gratuitos y NO arancelados!
* Construcción del Comedor Universitario con Menu económico y nutritivo!
* Apuntes al Costo para que tod@s podamos acceder a los materiales de estudio!
* Mayor oferta horaria, con mas docentes para que exista verdaderamente la Libertad de Cátedras!
* Construcción de guarderias para que las madres puedan cursar y no desertar!
* No a los recortes académicos que vacían de contenidos a las carreras de Posgrado y devalúan el título académico! Abajo las leyes (LES, LFE, etc…) que permiten este accionar antieducativo y privatista!


*QUEREMOS LAS MAS PLENAS LIBERTADES DEMOCRÁTICAS Y DE EXPRESIÓN EN LA UNLaM!


Desde el MST en FACU en la secreteria de Prensa y Difución del Centro de Estudiantes, te invitamos a participar, para que juntos logremos que nuestra universidad sea verdaderamente LAICA,GRATUITA Y CIENTIFICA

miércoles, 17 de septiembre de 2008

> ¿Y Julio Lopez?




A 2 años de su desaparición...


Le exigimos al gobierno


Aparición con vida YA!!






Mañana nos movilizamos ... salimos desde la UNLaM a las 15.30


lunes, 30 de junio de 2008

> Un logro de LOS ESTUDIANTES


Desde que se creó la UNLaM, la Liga Federal dirige el Centro de Estudiantes. Hoy dice “logramos la inscripción por departamentos”. Esperamos que sea cierto... y además podríamos decirles: lento, pero seguro muchachos!!! Pero quienes nos venimos bancando el caos y las colas cada cuatrimestre, y muchas veces no llegamos a anotarnos en lo que queremos, sabemos que los que logramos la inscripción por departamentos somos TODOS: porque venimos cuestionando la forma de inscripción y a la Liga, que en el último cuatrimestre en lugar de defendernos solo hacía un cordón humano apretandonos contra la pared.Por todo esto es que FACU tuvo como propuesta central, durante la campaña electoral, este reclamo(VER PROGRAMA). Por eso la semana pasada estuvimos haciendo actividades por esa forma de inscripción. Este logro de TODOS nos marca el camino para continuar exigiéndoles al Rector y a la Liga que escuchen y resuelvan los problemas de la Universidad, que no son pocos.Tenemos que seguir participando y haciendonos escuchar para conseguir que se abra el Comedor Univesitario y se vendan los Apuntes al Costo, entre otras cosas.

Este fue un gran triunfo, AHORA VAMOS POR MÁS!!! Sumate a FACU, sumate al cambio...

lunes, 12 de mayo de 2008

> Despues de las elecciones...

Se va a cumplir un mes desde que se llevaron adelante las elecciones de nuestra universidad. Como estamos acostumbrados las mismas se caracterizaron por las constantes irregularidades, atropellos y corrupcion por parte de la LIGA FEDERAL UNIVERSITARIA, a pesar de todo esto no pudieron ocultar el creciente descontento que existe entre los estudiantes y sobre todo no se pudo ocultar que FACU se convirtio en la alternativa politica de la UNLaM.
De ahora en adelante, desde la SECRETARIA DE PRENSA Y DIFUSION del CENTRO DE ESTUDIANTES, nos comprometemos a llevar adelante los reclamos que encarnen las necesidades de los estudiantes y sus demandas. Es por eso que no queremos dejar pasar la oportunidad para que se sigan conociendo nuestras propuestas, las cuales seguiremos impulsando como lo vinimos haciendo hasta ahora:


BubbleShare: Share photos - Play some Online Games.

lunes, 21 de abril de 2008

> ¿censura en la UNLaM?

Recorriendo algunos blogs amigos nos hemos enterado que en la universidad estan censurando algunas paginas de internet...aqui ponemos un extracto de lo que escribieron las compañeras de somoscomunicacion, no queremos pensar que este hecho tiene relacion con el problema que tuvimos con nuestro anterior blog cuando misteriosamente no pudimos ingresar mas a el mismo porque estaba saturado. Saludos.

La palabra censura es un término muy fuerte. Pero es la que describe esta situación.En la UNLaM bloquearon el acceso a nuestro blog. A éste y otros que critican a la universidad. ¿Por qué? Porque a algunos no les gustan las opiniones diferentes.Es decir, desde cualquier computadora de la red de la Universidad Nacional de La Matanza, no está permitido el ingreso a ninguna bitácora de Blogger.Si seguimos la línea de que uno de los motivos por los cuales este espacio fue creado, para debatir y dialogar, podemos decir que a la universidad no le gusta debatir. Algo así como: "Si no te gusta como pienso, andá a decir lo que se te canta a otro lado, acá No"... Ojo, que no sea en un blog porque te lo censuro dentro del campus y 'te jodés' -continuaría el pensamiento.
Cuando nos comentaron de este lamentable e inentendible hecho, no lo creímos. En ese momento y ahora también, nos preguntamos quién habrá tomado esa decisión y por qué. ¿Qué hicimos? Alguien que nos explique, por favor. Después nos quejamos de
China, llevado al extremo, claro.¡Qué decisión tonta! Como si por bloquear la dirección, quienes deseen leer éste u otro Blogger no pudieran hacerlo desde sus casas o en el cyber que está enfrente de la UNLaM, desde la casilla de mail gracias a la suscripción, o entrar igual desde la universidad con algún proxy anónimo, como hizo una de nosotras:Y todos caemos en la misma bolsa. Porque quien tenga un site sobre teatro griego o rock o lo que fuere bajo la plataforma Blogger no podrá ser visto en la universidad.No estamos enojadas. Estamos sorprendidas. No podemos creer que una universidad pública censure así a sus alumnos. No podemos creer que no tomen estos lugares como una opinión más o una oportunidad para crecer (o simplemente no darle bola). A quienes nos censuran les pedimos que, en vez de vernos como desconformes y críticos, evalúen qué es lo que está pasando en la UNLaM, que vean por qué la mayoría de los alumnos critican tanto y están tan desconformes.Tenemos la esperanza de que esta situación se revierta, que en la UNLaM se den cuenta que la están errando feo...Tapar el sol con un dedo, no dio, no da y no dará resultados positivos jamás.

NOTA EXTRAIDA DE
http://somoscomunicacion.blogspot.com/2008/04/somos-comunicacin-bloqueado-en-la-unlam_20.html

domingo, 30 de marzo de 2008

> UNLaM: excelencia elitista

EL GOBIERNO UNIVERSITARIO DE LA UNLaM



1) !!!Nuestro rector fue electo arbitrariamente por el consejo superior por el periodo 2005-2011!!!
2) !!!Tenemos un representante estudiantil en el consejo superior por departamento!!!
3)!!!El centro de estudiantes no tiene independencia con respecto al consejo superior!!!
Conozca el gobierno de la UNLaM
El costo del retorno a la democracia en argentina luego de años de autoritarismo, le otorgó a esta palabra un status incuestionable en el común de la sociedad. Sin embargo, muchos parecen olvidar cual es su significado. Simplemente es, la representación de las mayorías en el poder, ni más ni menos. Pero, en muchos lugares parece que la distorsión sirve a pequeños intereses, por eso en nuestra universidad “democrática” este termino puede equipararse con el gobierno de unos pocos…es una extraña redefinición de tan magnánima palabra. ¿Qué valor le darán nuestras autoridades a la democracia?


* ¿Es nuestra universidad democrática?

No, ya que el componente esencial de la universidad (nosotros, los estudiantes) tenemos una incidencia casi nula en el gobierno de la UNLaM, a pesar de ser la mayoría.
A esto hay que sumarle también que el centro de estudiantes se encuentra aislado, sin participación, sin representación y además sin opciones verdaderas ni alternativas políticas.

* ¿Cómo nos gobiernan?

El gobierno universitario esta compuesto por;

ASAMBLEA UNIVERSITARIA
CONSEJO SUPERIOR
RECTOR/VICERRECTOR
CONSEJOS DE DEPARTAMENTOS
DECANOS DE DEPARTAMENTOS
¡!¿¿¿Y LOS ESTUDIANTES???!!

* ¿Quiénes estan en el consejo superior?

El consejo superior es quien elige al rector y vicerrector, dentro de este están;

El Rector y el Vice
4 Decanos (uno por departamento)
7 representantes del claustro docente
3 claustro de estudiantes (¡representan a unos 25.000 estudiantes!)
1 no docente
3 consiliarios del consejo social (son elegidos por ellos mismos)

* ¿Qué es el consejo social?

El consejo social tiene por si mismo la misma incidencia que tiene el claustro estudiantil. Está conformado por empresas y entidades económicas que buscan obtener beneficios por parte de la universidad, seria interesante preguntarnos ¿Por qué el consejo social tiene la misma importancia que los estudiantes, mas representación que los no docentes y casi la misma influencia que los decanos…?
No olvidemos, por si hacia falta, que nuestra universidad es estatal, ¿es estatal?

* ¿Quiénes están en los departamentos?

Además del consejo superior nuestra universidad esta dividida en departamentos, mas precisamente cuatro; humanidades, ingeniería, económicas y derecho.
Cada departamento posee su propio reglamento interno, y su estructura esta conformada por;

Decano y Vice
2 consejeros docentes de profesores ordinarios (Designados por el CS)
1 consejero de auxiliar docente
1 consejero del claustro estudiantil
(¡1 estudiante por todo un departamento!)
Coordinadores de carrera (elegidos por… el rector)
Ah!, no podían faltar los 2 consejeros del consejo social



* ¿Qué hace el centro de estudiantes?

Insistimos en la inutilidad del centro de estudiantes no por deporte, o por alguna ocurrencia, sino porque realmente !no nos representan!, por varios motivos: primero no se ponen del lado de los estudiantes cuando hay inconvenientes (ver: nefasta historia...), segundo porque no hay resortes formales, "legales" para implementar cambios a favor del estudiantado, y tampoco hay intensiones de modificarlos. De esta manera, el centro de estudiantes pasa a ser un organo cooptado, alienado al consejo superior y a las iniciativas del rector.


*Conclusión; Gobierno antidemocrático en la UNLaM


Se habla de democratización porque en la estructura misma de nuestra universidad se esconde un profundo rechazo de la participación de los estudiantes.
Lo opuesto a democracia es el elitismo, el poder en unos pocos, la desinformación sistemática, el lucro por "excelencia", los representantes fantasmales y desconocidos (consejo social), la falta de tolerancia a otras opiniones y manifestaciones, el autoritarismo al imponerse por sobre la voluntad de los demás…
No todo son palmeras, fuentes y columnas al estilo griego...

lunes, 17 de marzo de 2008

> La nefasta historia del Centro de estudiantes!


Desde el origen de la UNLaM el Centro de Estudiantes es dirigido por la juventud peronista (JUP), que años mas tarde pasó a llamarse Liga Federal Universitaria (LFU), pero que siempre respondió a un interés, el del Rector de turno, dándole la espalda al conjunto de los estudiantes. Ese favor político luego se retribuyo con cargos institucionales en la UNLaM (Piñeiro y Blanco, ex Pres. del Centro de Estudiantes por la Liga, actualmente ocupan cargos en la Universidad).
El cambio de nombre de la agrupación política de la JUP a LFU se da a mediados de la década menemista y es fiel reflejo de cómo esas tendencias políticas se lavan la cara, o cómo “los gorilas se visten de seda”, pero gorilas quedan... y así lo demostró Jorge Lanata en su programa televisivo que era transmitido por América 2, Día D, en donde dio a conocer que se “apretaba” a los docentes para concurrir a los actos de entonces presidente riojano, el Centro de Estudiantes no dijo nada.
Tapado en rojo y verde y lejos de la doctrina peronista la LFU concesiona el Centro de Apuntes y da lugar a que proliferen los “kioscos” privados, sin propuestas ni iniciativas para resolver los problemas de los estudiantes y docentes. Año a año se repiten las colas para inscribirse en los 3 cuatrimestres y durante el verano el caos es apocalíptico. Permanentemente para sacar apuntes o para reclamar por falta de oferta de cátedras o no estar inscriptos se arman largas colas.
Dicen testigos que se los vio en la Plaza del Si a Kirchner, pero no se los vio poniéndose a disposición de las victimas de Cromagnon, de los Vecinos del CEAMSE, de los Trabajadores de TVB, de las luchas docentes, ¡¡¡Mataron a Fuentealba y se mantuvieron encerrados en lo que creen es “su Centro Estudiantil”!!!
En el año 2005 la crisis de los partidos políticos tradicionales, que ya dividía aguas en el peronismo (que incluso hundió a la UCR y sus engendros “progres” de centroizquierda como la Alianza en 2001) desde mediados de los 90, estallo en dos variantes: Duhaldismo o Kirchnerismo era el futuro que le deparaba al peronismo.
La UNLaM vivió su golpe de estado dentro del Centro de Estudiantes, el Rector (alineado con Duhalde) optó por mandar al exilio al Presidente del Centro de Estudiantes por la LFU (alineado con Kirchner), Gallia fue remplazado por Avendaño. Dentro del Centro de Estudiantes formaron filas los “chicos del rector”, el personal de seguridad, de maestranza y hasta el profesor de karate, ese fue el “aguante” del Rector Daniel Martínez.

Nace el FACU


El MST (Movimiento Socialista de los Trabajadores) decidió no avalar esa usurpación dictatorial del Centro de Estudiantes, por lo que no presento lista en las elecciones de 2006 y llamo a no votar.
El 2008 nos encuentra con la enorme obligación de representar las voces de miles de estudiantes, por eso junto a la agrupación Mariano Moreno (MUI-PC) y junto a Estudiantes Independientes comprendemos esa obligación como el objetivo inmediato en defensa de la educación pública y gratuita por eso nace el FRENTE ALTERNATIVO POR EL CAMBIO UNIVERSITARIO (FACU), para que haya una instancia de discusión y organización para salir a gritar y luchar juntos por los derechos que tenemos y no se nos respetan.
Te invitamos a ser parte de una nueva forma de organización, sumate al FACU.



* Vamos al FRENTE por un verdadero y definitivo CAMBIO en la UNLaM!

jueves, 21 de febrero de 2008

> La liga a toda maquina...



La Liga Federal Universitaria avanza
a toda velocidad por nuestro


Boleto Estudiantil …desde 1998